Los trabajos en altura representan una serie de actividades desafiantes que abarcan desde mantenimiento e instalación hasta operación y demolición. Estas actividades, realizadas a alturas superiores a 1.80 metros sobre el nivel de referencia, conllevan riesgos significativos, especialmente el peligro de caídas en aberturas o superficies de trabajo elevadas. Para garantizar la seguridad en estos entornos, es esencial seguir los requerimientos establecidos por la Norma Oficial Mexicana NOM 009 STPS-2011. En este artículo, exploraremos los aspectos fundamentales de esta normativa y las obligaciones que impone a los centros de trabajo.
¿A qué centros de trabajo aplica la NOM 009 STPS-2011? La NOM-009-STPS-2011 es aplicable en todos los centros de trabajo en el territorio nacional donde se realicen trabajos en altura. Esto incluye una amplia gama de industrias y sectores, desde la construcción hasta el mantenimiento de instalaciones.
¿Cuáles son mis obligaciones al cumplir con la NOM-009-STPS-2011? Cumplir con esta normativa implica asumir responsabilidades clave para garantizar la seguridad en los trabajos en altura. Algunas de las obligaciones incluyen:
1. Análisis de Condiciones Previas: Contar con un análisis de las condiciones prevalecientes en las áreas donde se realizarán los trabajos en altura. Este análisis debe llevarse a cabo antes de la ejecución para identificar factores de riesgo.
2. Documentación y Procedimientos: Disponer de instructivos, manuales o procedimientos en español para la instalación, operación y mantenimiento de sistemas o equipos utilizados en trabajos en altura. Estos deben basarse en las instrucciones del fabricante.
3. Autorización por Escrito: Proporcionar autorización por escrito a los trabajadores que realizan trabajos en altura mediante andamios, estructuras suspendidas o plataformas de elevación, asegurándose de que se hayan aplicado las medidas de seguridad necesarias.
4. Cumplimiento con Medidas Generales de Seguridad: Cumplir con las medidas generales de seguridad y condiciones establecidas para la ejecución de trabajos en altura con el uso de sistemas personales, andamios, plataformas y otros equipos específicos.
5. Interrupción en Caso de Condiciones Inseguras: Evitar o interrumpir actividades en altura cuando se detecten condiciones inseguras en sistemas o equipos utilizados, así como durante condiciones climáticas que representen un riesgo para los trabajadores.
6. Programa de Revisión y Mantenimiento: Establecer y aplicar un programa de revisión y mantenimiento para sistemas o equipos utilizados en trabajos en altura, de acuerdo con las indicaciones del fabricante y lo establecido en la normativa.
7. Registros y Documentación: Llevar registros de revisiones, mantenimiento preventivo y correctivo de sistemas o equipos utilizados en trabajos en altura, conservándolos durante al menos un año.
8. Provisión de Sistemas de Protección Personal: Proveer a los trabajadores que desarrollan trabajos en altura de al menos un sistema de protección personal para interrumpir caídas de altura, de acuerdo con lo establecido en la normativa.
9. Botiquín de Primeros Auxilios: Contar con un botiquín de primeros auxilios que incluya el manual y los materiales de curación necesarios para atender posibles casos de emergencia, identificados según los riesgos a los que estén expuestos los trabajadores y las actividades que realizan.
10. Exámenes Médicos: Practicar exámenes médicos a los trabajadores que realizarán trabajos en altura, asegurando su aptitud para llevar a cabo estas tareas.
11. Plan de Atención a Emergencias: Disponer de un plan de atención a emergencias derivado de la ejecución de trabajos en altura, para responder eficazmente a situaciones imprevistas.
12. Capacitación, Adiestramiento e Información: Proporcionar capacitación, adiestramiento e información a los trabajadores involucrados en la realización de trabajos en altura. La formación adecuada es esencial para garantizar el conocimiento y la aplicación de medidas de seguridad
.13. Supervisión de Contratistas: Supervisar que los contratistas cumplan con lo establecido en la NOM-009-STPS-2011. La responsabilidad de garantizar la seguridad no solo recae en el centro de trabajo principal, sino también en los contratistas involucrados en los trabajos en altura.
El cumplimiento de la NOM-009-STPS-2011 implica una gestión integral de la seguridad en trabajos en altura. Además de las obligaciones previas, la provisión de sistemas de protección personal (Líneas de vida), el cuidado de la salud de los trabajadores, la preparación para emergencias y la capacitación adecuada son aspectos vitales que no solo cumplen con las normativas, sino que también fomentan una cultura de seguridad sólida.
Estos esfuerzos no solo salvan vidas, sino que también contribuyen a la creación de ambientes laborales seguros y sostenibles. Para conocer más de trabajos en alturas y seguridad en alturas te recomendamos leer nuestro post Ingeniería integral en Alturas.